Pasadena Criminal Attorney

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Anulando o Rechazando una Condena

En California, se trata de una petición que tiene como finalidad lograr una anulación de la convicción previa, se trata de una documentación escrita que tiene naturaleza legal, y que es interpuesta por los procesados que están envueltos en procedimientos penales en curso, después de que se haya realizado una declaración sobre su responsabilidad en la que indicó que no iba a impugnar los cargos, conocido por la expresión nolo contendere, aunque también es posible presentar esta solicitud si el procesado ya fue condenado y el juicio con jurado ha concluido. Es posible que los imputados obtengan por medio de esta petición que se reabra su caso, en la fase donde corresponde leer los cargos relacionados con las acusaciones penales, pero se requiere que el Juez considere que existe una razón legal que sea suficiente para conceder tal petición. Se trata de una moción conocida como solicitud para retirarla declaración previa del imputado, o moción con la que se anula la declaración previa y se encuentra regulada en el artículo 1018 del Código Penal.

Por medio de esta moción, que tiene que ser solicitada expresamente por el imputado interesado, en cualquier momento antes de que se celebre el juicio respectivo, o dentro de los seis meses siguientes a que se dicte una medida judicial en la que se somete al procesado a un régimen de libertad condicional, cuando es suspendido el dictamen del fallo, una Corte puede conceder la aprobación para que se retire o anule la declaración previa del procesado sobre su culpabilidad y sea sustituida por una declaración de no culpabilidad, siempre que se pueda demostrar que el procesado en ese momento no estuvo representado debidamente por un abogado criminalista, lo que constituye buena causa, siempre que ello pueda ser demostrado.

Es normal que los individuos acusados puedan probar que exista una buena causa para anular su declaración anterior, cuando demuestren que al momento de declararse culpables o que no iban a impugnar la acusación, emitieron tal declaración porque estaban coaccionados, o se ejerció alguna clase de coerción sobre ellos, así como que fueron víctimas de alguna clase de fraude, lo que les impidió entender las verdaderas consecuencias que tendría tal declaración, o que no estaban legalmente representados por algún abogado cuando la formularon, o que tuvieron una representación legal que fue deficiente. Si una Corte acuerda de conformidad con la moción, lo que ocurrirá es que la declaración previa del procesado quedará anulada, así como la sentencia, en caso de que ya hubiere sido dictada, y se reabre su caso nuevamente, partiendo de la fase que se corresponde con la lectura de los cargos. Al retrotraer el caso a esa fase, el imputado puede emitir una declaratoria de no culpabilidad, y si no se logra un acuerdo con la representación de la Fiscalía, se realizará el procedimiento penal de nuevo.

Si la moción interpuesta por el imputado se rechaza, éste tiene dos posibilidades legales, que son apelar de esa decisión o solicitar la anulación del fallo.

En California, la legislación establece diferentes categorías de hechos punibles, cuyas consecuencias pueden llegar incluso a modificar la situación migratoria del individuo que sea condenado, en el escenario de que no sea ciudadano de EEUU, exponiéndose muy probablemente a que sea deportado hacia su país de origen y ser declarado inadmisible, lo que haría que un futuro regreso a este territorio sea rechazado, así como quitarle la posibilidad de solicitar la naturalización en el futuro, y a éstos efectos no tendrá ninguna relevancia que si situación sea legal, o que tenga hijos estadounidenses, o que sea propietario de bienes en los Estados Unidos.

A los efectos de determinar cuáles son las conductas que tienen este tipo de consecuencias, mencionaremos que entre ellas se encuentran los crímenes calificados como violentos, ciertas conductas ilícitas graves como el abuso sexual de un menor, y todos aquellos que requieren que el procesado haya exhibido vileza moral, como el robo o el fraude. Por causa de este tipo de consecuencias, las leyes son muy claras al establecer que es deber de los abogados criminalistas notificar a sus representados que presuntamente han violado las leyes penales sobre las eventuales consecuencias que puede tener una convicción de esa clase sobre su condición migratoria, y que tal notificación debe hacerse previamente a celebrarse el juicio penal que se vaya a celebrar, con base en la acusación de la representación de la Fiscalía.

¿Dónde conseguir la ayuda jurídica necesaria?

En caso de que usted actualmente está haciendo frente en Pasadena CA, a un proceso penal y no haya sido adecuadamente informado con relación a los efectos negativos que puede tener una convicción sobre su situación migratoria, tiene la opción legal de solicitar ante la Corte que la condena producto de su declaración sobre su responsabilidad en los hechos, o porque declaró que no impugnaría la acusación sea rechazada o anulada. Pero se trata de una moción que tiene que ser tramitada por abogados especializados, que tengan la experiencia y los conocimientos necesarios que aseguren la posibilidad de éxito de la misma, examinando cómo fue su declaración previa, si estuvo debidamente representado y si existe debida constancia de que fue informado de las consecuencias que una convicción derivada de la acusación presentada por la Fiscalía tendría en su vida, quienes también se encargarán de toda la tramitación de esta petición y en Pasadena Criminal Attorney se encuentran los profesionales del derecho que usted necesita para estos fines, quienes podrán analizar los elementos necesarios para valorar la posibilidad de que proceda una moción como la comentada, así que levante el teléfono y póngase en contacto con nuestras oficinas a la brevedad posible.

¿Qué contiene la moción en la que se solicita la anulación de la sentencia?

Una moción interpuesta para retirar la declaración del imputado sobre su responsabilidad, conocida igualmente como petición para anular la sentencia, es una solicitud de naturaleza legal que se tramita por el imputado de haber llevado a cabo una conducta ilícita ante una Corte Penal en primera instancia. Al consignar esta solicitud, lo que se persigue es modificar o anular una declaratoria previa del imputado de que es responsable de los hechos, o de que no va a impugnar la acusación de la representación de la Fiscalía, dándosele la oportunidad de cambiarla por una declaratoria de no culpabilidad sobre los hechos.

Este recurso legal lo tienen todos los procesados que se declararon responsables en el juicio que se celebró con un jurado, en cualquier momento dentro de dos limitaciones legales, que son i) antes de que sea dictado el fallo, o ii) dentro de los seis meses que siguen a la imposición de un régimen de libertad condicional, que es una situación distinta a que la Corte ordene que el convicto cumpla una sanción de cárcel, sea del condado o estatal. Hay que aclarar que cualquier imputado tiene el derecho de solicitar que su declaración sea anulada, incluso después de haber sido detenido. Aunque en este último escenario la petición no recibiría el nombre de moción para la anulación del fallo, sino que se consigna una moción que los abogados de la defensa presentan, alegando que su defendido ha sido encarcelado ilegalmente.

Algo que es muy importante tener en consideración es que la interposición de una petición para anular el fallo debe ser realizada por el procesado o por su defensor, ante el secretario de la Corte, junto con la notificación de la petición, y un resumen sobre los aspectos en los que se basa la misma. Al cumplirse estos requisitos, el secretario de la Corte fijará, de acuerdo con el calendario de la Corte, la fecha en la que tendrá lugar una audiencia a la que deben asistir la representación de la Fiscalía, los abogados defensores y normalmente el procesado, con la finalidad de que se expongan los argumentos relacionados con la petición y las evidencias que correspondan.

Cualquier convicción está acompañada de una cantidad de consecuencias o efectos, cuya gravedad puede desprenderse de la naturaleza de la conducta ilícita ejecutada, así como del récord criminal del presunto perpetrador de la misma.

Determinadas conductas ilícitas son sancionadas con más gravedad que otras, pero cada caso es diferente y los efectos de una convicción son distintos en el modo de vivir de cada procesado. Ciertas convicciones surten efectos negativos sobre la condición migratoria del procesado, cuando no es ciudadano de EEUU. Ya hemos mencionado antes, que uno de los posibles efectos de las convicciones por ciertos hechos ilícitos puede conducir a un procedimiento de deportación, y hasta ser declarado inadmisible, perdiendo el derecho que puede tener el individuo a solicitar la naturalización, por lo que es evidente la importancia que tiene que todo individuo que esté sujeto a un proceso penal por causa de la supuesta comisión de una conducta ilegal, tenga la asesoría y la representación de abogados criminalistas especializados que estén calificados en el ejercicio de la protección eficiente de todos sus derechos constitucionales.

Dentro de la categoría de los hechos ilícitos que podrían conducir a una posible deportación del procesado que no sea ciudadano de los Estados Unidos, se encuentran:

Las conductas ilícitas que requieren de vileza moral

Dentro de esta categoría se incluyen conductas vinculadas con el abuso o desprecio de la responsabilidad social que debe tener un individuo como base de respeto a los demás, así como al conjunto social. Por decirlo de otra manera, se trata de hechos punibles que tienen una incidencia negativa sobre otro individuo, o el bienestar de la sociedad.

Constituyen ejemplos de este tipo de conductas:

  • La falsificación.
  • El DUI
  • El robo de primer grado.
  • La posesión de sustancias controladas con fines de venta.
  • El cultivo ilícito de marihuana.
  • La posesión de objetos robados.
  • El asesinato.
  • El secuestro.
  • La violación.
  • El robo con allanamiento de morada.
  • La agresión empleando un arma puede calificarse como mortal.
  • El incendio provocado.

Los hechos ilícitos que se relacionan con drogas o sustancias controladas

El procesado no ciudadano verá afectada su condición migratoria de manera negativa cuando sea declarado culpable de una conducta ilícita asociada con las drogas o las sustancias de uso controlado, tanto que se trate de un caso estatal como federal.

Son ejemplos de este tipo de hechos ilícitos:

  • Poseer sustancias controladas con la intención de venderlas.
  • Producir ilegalmente drogas.
  • Transportar ilegalmente drogas o sustancias controladas para venderlas.
  • Transportar ilegalmente drogas o sustancias controladas.

Poseer varias condenas

El individuo que ha sido condenado por 2 conductas ilícitas o más, no será apto para permanecer dentro del país, cuando esas condenas sumadas superen un período que supera los cinco años. Cuando esto ocurre, carece de relevancia cuál sea la calificación que hayan recibido los hechos por los cuales fue condenado el sujeto que no sea ciudadano.

Hay que advertir que cuando los individuos son acusados de cualquiera de los hechos ilícitos a los que acabamos de hacer referencia, y no son ciudadanos de los Estados Unidos, los abogados defensores tienen la obligación legal de notificarles de los efectos que una convicción basada en la acusación fiscal puede tener en su condición migratoria. Además, la Corte también tiene la obligación de hacerle al procesado esa notificación, justo antes de que el sujeto haga su declaración de culpabilidad o de no impugnación de la acusación de la representación fiscal. Cuando no se realiza la debida notificación legal sobre estas consecuencias y el individuo es declarado culpable, tiene derecho a consignar una petición para anular la condena, con el objetivo de que el fallo sea anulado.

Para ello, el procesado debe declarar que no llegó a comprender en su totalidad los efectos que admitir su responsabilidad tendría sobre su situación legal en los Estados Unidos, y que tiene el deseo de que sea anulada su declaración previa, por medio de una moción de anulación del fallo. Lo que sigue es iniciar un proceso judicial para determinar si se anula el mismo. Esta clase de peticiones sólo podrá ser interpuesta en dos situaciones:

  • Cuando la Corte omitió darle al procesado la orientación legal pertinente, violándose lo establecido en el artículo 1016.5 del Código Penal.
  • Cuando los abogados defensores no brindaron a sus representados una asesoría jurídica adecuada, violando lo dispuesto en el artículo 1437.7 del Código Penal.

¿En qué situaciones la Corte acuerda esta clase de peticiones?

Es necesario que el peticionario y su abogado defensor demuestren en la Corte que tienen una buena causa, en cuyo caso la Corte acordará de conformidad con la petición y anulará el fallo. Los procesados podrán acreditar una buena causa demostrando que fueron objeto de coacción, coerción o fraude, de modo que no tenían conciencia de los efectos que la declaración sobre su responsabilidad podría tener, o tuvieron una asistencia legal que fue incompetente o inadecuada.

Coacción, coerción o fraude

Es posible que el peticionario procesado demuestre una buena causa si logran probar de manera clara a la Corte que cuando emitieron la declaración sobre su responsabilidad en los hechos, se encontraban siendo objeto de alguna clase de coerción, de fraude o cualquier otra clase de violencia o fuerza, obligándolos a declararse de esa manera en contra de su voluntad. Aunque también es válido el alegato de que su declaración fue forzada por la coacción, al existir amenazas que hicieron que aceptara la culpabilidad respecto de los hechos que le fueron imputados, cuando realmente no tenían la responsabilidad que asumieron en la declaración.

Algunos ejemplos en los que es posible entender que hubo coacción, coerción o fraude, pueden ser:

  • El Juez presionó al imputado con la finalidad de que aceptara un acuerdo con la representación fiscal, declarándose culpable.
  • Un procesado amenazó a su cómplice con causarle daños o causar daños a sus familiares más próximos, si no se declaraba absolutamente culpable del hecho ilícito.
  • El oficial policial que hizo el arresto amenazó al procesado con dañarlo a él o a sus familiares más próximos, a menos que se declarase culpable del hecho ilícito.

El procesado no comprendió el real alcance que tendría su declaratoria de responsabilidad

En caso de que el peticionario procesado pueda probar que nunca tuvo plena conciencia de los efectos que podrían derivarse de su declaración de responsabilidad sobre los hechos, tendrá el derecho de solicitar que sea retirada y anulada su declaración previa de culpabilidad o de que no impugnaría la acusación. Esto resulta más efectivo cuando el procesado no hubiera proferido tal declaración si hubiera sabido todos los efectos que ello produciría en el momento de hacerlo.

Constituyen ejemplos de estas situaciones:

  • El procesado desconoce las sanciones de la conducta ilícita por la que se declara responsable conducen a la aplicación obligatoria de una pena de prisión.
  • El procesado desconoce que entre las sanciones de la conducta ilícita por la que se declara responsable conducen a la suspensión o a la revocatoria de su licencia para ejercer una profesión.

No haber estado representado por abogados

Este es un escenario en el que la Corte concederá la moción de anulación del fallo, y la modificación de la declaración de culpabilidad o de no contender los cargos, porque se habría violado flagrantemente un derecho constitucional. Este puede ser el supuesto en el que el procesado, sin tener representación legal, hizo una declaración aceptada por el Tribunal, sin que se hiciera observación alguna sobre los efectos que la misma produciría. Pero en el supuesto de que se pueda demostrar que el procesado emitió tal declaración luego de ser advertido expresamente por el Juez sobre los efectos que la misma podría tener, lo más probable es que la solicitud de nulidad del fallo sea denegada.

Haber tenido una asistencia legal deficiente

Si se puede demostrar que un procesado se declaró responsable de un hecho porque tuvo una asesoría legal deficiente o que su abogado fue incompetente, normalmente la petición será concedida. Pero el peticionario procesado tendrá la obligación de demostrar tal ineficiencia o incompetencia del abogado que lo representó en su oportunidad. Los criminalistas especializados saben cómo probar que el peticionario no tuvo una asesoría legal adecuada, que le explicara las consecuencias de aceptar la responsabilidad, o no hizo una investigación que fuera suficiente para informar a su defendido de las mismas, o que lo presionó para que aceptara la responsabilidad sobre los hechos, porque no estaba interesado en el caso.

Anular el fallo según lo dispuesto en el artículo 1016.5 del Código Penal

El artículo 1016.5 del Código Penal dispone que previo a que el procesado profiera cómo se declara respecto a los hechos que se le imputan, la Corte está en la obligación de notificarlo por medio de un acta de la que se deja constancia, que en el supuesto de que no sea ciudadano de EEUU, una convicción por la conducta ilícita por la que está siendo imputado podría causar su deportación y ser declarado inadmisible, así como también que su petición para naturalizarse sea rechazada. Esa misma disposición legal es la que permite a un convicto interponer una moción para anular el fallo, en caso de que sea condenado y se hubiera omitido tal notificación.

Cuando el procesado no es notificado por la Corte sobre esta posible consecuencia de manera expresa, se entenderá que el Tribunal ha vulnerado sus derechos constitucionales, por lo que debe ser asesorado y advertido plenamente, para que adquiera conciencia de los posibles efectos que una convicción puede tener en su situación.

¿Cuáles son los posibles resultados de una moción para anular el fallo?

En el escenario de que la Corte acuerde de conformidad con la petición consignada, se reiniciará el procedimiento penal, retrotrayéndose al estado en el que se dará lectura a los cargos, anulándose su declaración anterior de culpabilidad o de nolo contendere, presentándose una nueva oportunidad para alcanzar un acuerdo con la representación de la Fiscalía, por unos cargos que no afecten su condición migratoria. Si tal acuerdo no es alcanzado, se reiniciará el juicio penal. Hay que advertir además, que si con anterioridad se había alcanzado un acuerdo con la representación fiscal y luego se presenta una petición para anular el fallo que tiene éxito, tal negociación también será anulada.

Pero, si la Corte desecha la moción, la declaración previa del procesado sobre su responsabilidad en los hechos se sostiene, y será declarado culpable de la conducta ilícita que le fue imputada. Pero no todo estará perdido, porque todavía tiene dos opciones legales, que son apelar de tal decisión, o interponer una petición para que se cancele su condena.

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En el escenario de que usted se encuentre en una situación similar a la que hemos descrito en un proceso criminal en Pasadena CA, porque no fue debidamente notificado de todos los efectos que una aceptación de los hechos imputados podría tener en su situación migratoria, necesita de los consejos legales que sólo podrán darle abogados criminalistas especializados como los que tenemos en Pasadena Criminal Attorney, quienes se encuentran a la distancia de una llamada telefónica y están listos para luchar en su beneficio.

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