Pasadena Criminal Attorney

Sharen Ghatan- Lead Attorney
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DUI

Los crímenes DUI son severamente regulados por la legislación vigente en California, ya que se considera que cuando un sujeto conducen luego de haber ingerido alcohol u otra sustancia como las drogas o similar, expone a un peligro representativo no solo su vida y seguridad, sino también de quienes van a bordo del auto y de las personas que normalmente se desplazan por una vía. 

No obstante, cuando hablamos de DUI ello no engloba una sola conducta criminal, sino muchas situaciones distintas que características propias que adquieren dicha denominación de crimen DUI. Ello a su vez conlleva que son bastante variadas las sanciones que un Juez puede imponer a fin de castigar una conducta DUI las cuales van a depender de la seriedad de las circunstancias y del acto específico que el acusado haya cometido. 

Independientemente de cual sea la situación en que se vea involucrado si ha sido detenido como presunto ejecutor de un crimen DUI, debe saber que se va a iniciar una investigación penal con la finalidad de que el Juez decida en la corte si usted es culpable y por ende debe ser enviado a prisión o sancionado de otro modo, o si por el contrario es inocente y los cargos deben ser destinados. 

En todo este proceso, primero usted deberá ser detenido por un oficial de policía, para que posteriormente un fiscal competente levante una acusación formal en su contra, luego de esto se iniciará proceso penal conformado por varias etapas en lo que se dará paso a un juicio donde el fiscal ha de presentar pruebas que respalden su posición y usted podrá llevar a colación las suyas con el fin de demostrar su inocencia. No obstante, aun cuando todo suena muy sencillo, la realidad es que no lo es, por ello resulta vital que contacte de inmediato a un buen abogado apenas sea detenido, para que él mismo lo acompañe desde el inicio de su caso y asuma a plenitud su defensa, evitando así posibles errores de procedimiento y de formalismos. 

Si usted hoy en día enfrenta cargos DUI en Pasadena, CA, esta no es una situación que debe dejar a la suerte, ni mucho menos esperar que se aclare por sí sola, puesto que si no toma acciones para defenderse es muy probable que la posición del fiscal cobre fuerza y el Juez acabe por considerar que es usted culpable y que debe pagar por sus actos criminales al ser enviado a prisión para cumplir una extensa condena de privación de libertad. En este escenario lo más razonable que puede hacer es ponerse en contacto a la brevedad posible con un abogado de la reconocida firma legal Pasadena, CA, para que le brinde sus servicios de asesoría y además se encargue de representarlo en todo el proceso penal, lo que significa que asumirá su defensa al encargarse de analizar su caso, de reunir todas las pruebas que puedan encontrarse y de finalmente armar un plan sólido que pueda ser llevado ante la corte para que el Juez finalmente determine que usted es inocente y debe ser absuelto de los cargos o al menos le imponga sanciones más condescendientes. 

¿De qué forma se da inicio a un proceso vinculado a casos DUI? 

En primer lugar debe aclararse que el término “DUI” se usa para hacer referencia al hecho de que una persona está conduciendo al estar bajo efectos generados por el consumo de sustancias como el alcohol o las drogas. Una vez entendido lo anterior, para que se dé inicio a un proceso o investigación DUI, lo primero que debe ocurrir es que un oficial de la policía proceda a detener a un conductor por presuntamente estar incurriendo en DUI, en el escenario de que el nivel BAC (nivel de alcohol en sangre) del detenido alcance o supere un porcentaje del 0.08, existe la alternativa de que sea puesto libre bajo fianza, con el aviso de que deberá acudir un día en específico ante la corte.  

Posteriormente el agente levantará un informe vinculado a la detención para remitir ante la fiscalía competente, a fin de que un fiscal a cargo lo analice y decida si existen causas suficientes para justificar una formulación de cargos por DUI en contra suya, o si más bien estima que el caso no debe proceder y opta por desechar poniendo punto final al procedimiento legal. 

Ahora, sí ocurre todo lo contrario y el fiscal a cargo de caso considera prudente levantar cargo, se dará paso a la celebración de un procedimiento penal con el propósito de instaurar un juicio para decidir si el acusado debe o no ser condenado por incurrir en un crimen DUI y por ende imponer los castigos establecidos por la legislación. 

El proceso comienza con la fase de lectura de los cargos, donde se mencionan los detalles y características del caso particular, así como la normativa legal bajo la cual el sujeto acusado debe ser juzgado por DUI. 

¿Qué hacer ante una detención por DUI? 

Si usted desafortunadamente en algún momento es detenido como presunto sospechoso de un crimen DUI, debe abstenerse de emitir cualquier declaración, lo cual es un derecho reconocido por la legislación de California, es decir debe acogerse el derecho de permanecer en silencio, y quizás se estará preguntando ¿porque?, es muy sencillo, a lo mejor por su mente estén cursando miles de ideas y considere que decir lo que está pensando será una justificación lo suficientemente válida para que la autoridad decida que usted no ha cometido ningún crimen y por ende debe poner punto final al proceso, pero la verdad ello no funciona así, el oficial dejará garantía por escrito de todo lo manifestado tanto por el cómo por usted, y sus alegatos podrán ser usados a futuro en su contra, sobre todo al tomar en cuenta que el desconocimiento en materia penal y sobre todo en cuanto formalismos puede hacer que una persona se auto incrimine sin siquiera darse cuenta. 

Además, ante la detención se requiere que mantenga la serenidad y sobre todo que colabore con la autoridad a cargo del arresto, puesto que ello será ventajoso para usted, si usted desacatar las órdenes de la autoridad es probable que todo se torne más complejo e incluso que sea juzgado por cometer adicionalmente otro crimen. 

Por último, no deje transcurrir mucho tiempo, si es posible llame de inmediato a su abogado, para que lo acompañe desde el inicio del proceso, ello le dará un margen de acción mayor y más tiempo para trabajar en su defensa y planificarla, lo cual es un punto clave para lograr resultados favorables ante la corte. 

¿Qué esperar luego de la detención? 

De acuerdo a los lineamientos establecidos por la legislación para un procedimiento de detención por DUI, el oficial a cargo debe avisar al detenido sobre el hecho de que su licencia de conducir será suspendida durante treinta días, para lo cual decomisara la misma y le otorgara una de carácter temporal que estará vigente durante los treinta días de suspensión. 

Una vez que se decomise la licencia, el oficial a cargo de la detención debe remitir un duplicado del informe al DMV, donde se adjuntará además el formato de suspensión. Luego el DMV revisará el caso a nivel administrativo, tomando en cuenta las pruebas adjuntadas por el oficial, luego fundándose en ellas, así como en su criterio puede ocurrir lo siguiente: 

  1. Que la licencia para conducir definitivamente sea suspendida o revocada.
  2. Que se consideren insuficientes los motivos expuestos por el oficial a efectos de suspender una licencia.

En caso de que ocurra el primer escenario, el detenido tendrá derecho a pedir que se inicie durante el curso de los días próximos a la emisión de la orden una audiencia en el DMV, con el propósito de refutar los argumentos que justifican la decisión. 

Ahora bien, si se configura el segundo escenario, se desechará el caso y por ende los motivos que a criterio del oficial justifican la suspensión de la licencia. 

¿Por qué es importante solicitar una audiencia? 

Es sumamente importante que el involucrado solicite una audiencia porque será la única oportunidad que tendrá a su alcance para apelar la determinación de la autoridad del DMV, recurso que quizás le permita mantener su licencia hasta tanto culmine el caso DUI que se tramita ante la corte penal. 

¿Cómo se desarrolla la audiencia? 

En el supuesto de que la licencia del involucrado haya sido suspendida, o se le haya otorgado una licencia limitada o restringida, y tenga como propósito apelar la determinación, contará con el lapso de diez días posteriores a la notificación para solicitar que se celebre una audiencia en el DMV, a efectos de lo cual se retrasara la suspensión de la licencia hasta que oportunamente sea celebrada la audiencia. 

La mencionada audiencia será presidida por un magistrado del DMV, y tendrá como objeto evaluar varios factores: 

  1. Nivel BAC del involucrado, en cuyo sentido será vital determinar si el mismo alcanzaba el porcentaje del 0.08, si era superior o inferior.
  2. Si el involucrado fue detenido de acuerdo a los procedimientos estipulados por la legislación.
  3. Si el oficial a cargo de la detención contaba con una causa probable que justificara la medida. Es decir, si tenía motivos suficientes para presumir la comisión de un DUI.

Una vez que el magistrado del DMV, logre responder estas preguntas, estará en capacidad de tomar una decisión concreta sobre la apelación. 

No obstante, usted debe tomar medidas para de cierto modo aumentar sus probabilidades de obtener un resultado favorable y que por ende la apelación sea declarada procedente. Al respecto lo mejor que puede hacer es buscar un buen abogado que lo represente legalmente ante la corte. 

¿Qué sanciones contempla la legislación para castigar a quien cometa un DUI? 

Si usted es de los que asume que conducir luego de haber ingerido alcoholes un crimen irrelevante, le tenemos que decir que está equivocado, ya que la legislación es bastante estricta cuando se trata de castigar este tipo de conductas y más aún dependiendo de las circunstancias específicas que se relacionan al caso. 

Aunado a ello debemos informarle, que las reincidencias en crímenes de carácter DUI ameritan la imposición de penas más severas, ello quiere decir que las penas van aumentando conforme a si se trata de la primera, segunda, tercera o posterior comisión de un crimen DUI, siempre y cuando ocurran dentro del lapso de diez años, que serán contados desde el día en que se efectuó el primer arresto. 

Una vez entendido lo anterior procedemos a indicarle cuales son las sanciones estipuladas por la legislación: 

Número de incidencia 

Sanciones 

Primera 

·     Tomar un programa para prevenir el consumo de alcohol durante un lapso comprendido de tres a nueve meses. 

·     Encarcelamiento que va desde las cuarenta y ocho horas hasta los seis meses. 

·     Pagar una multa cuyo valor mínimo debe ser de 390,00$ pero no debe superarlos 1.000,00$. 

·     Suspensión de la licencia de conducir por mínimo seis meses y máximo un año. 

·     Régimen de libertad bajo prueba de mínimo tres años y máximo 5 años 

Segunda 

·     Tomar un programa para prevenir el consumo de alcohol meses. 

·     Encarcelamiento que va desde las noventa y seis horas hasta un año. 

·     durante un lapso comprendido de dieciocho a treinta Suspensión de la licencia de conducir por máximo dos años. 

Tercera 

·     Tomar un programa para prevenir el consumo de alcohol meses. 

·     Encarcelamiento que va desde los ciento veinte días hasta un año. 

·     Revocación de su licencia de conducir por máximo tres años. 

Cuarta o posterior 

·     Tomar un programa para prevenir el consumo de alcohol meses. 

·     Encarcelamiento que va desde los ciento ochenta días hasta un año. 

·     Revocación de su licencia de conducir por máximo cuatro años. 

¿Qué una felonía DUI?   

Los crímenes DUI pueden ser juzgados como felonías o como crímenes menores de acuerdo a las características específicas del caso, y los registros penales del sujeto acusado. Ahora bien, algunas de las circunstancias que pueden llevar a que un sujeto sea juzgado por cometer una felonía son: 

  • Que el crimen DUI haya causado a otro, lesiones físicas graves o el fallecimiento.
  • Que el sujeto acusado esté siendo juzgado por su cuarta reincidencia en un crimen DUI o posterior.

No obstante esta norma no es obligatoria, puesto que un abogado calificado puede estar en capacidad de convencer a la fiscalía de que existen factores atenuantes que hacen que el crimen deba ser procesado como uno menor, de allí radica la importancia de que el sujeto acusado esté representado desde el comienzo de pro proceso penal, ya que de no ser así, si el crimen es juzgado como felonía significa que las sanciones aplicables resultan más severas 

¿Cuáles son algunas de las regulaciones vigentes en California sobre DUI? 

Tal como se mencionó al inicio de este artículo existen distintas conductas que pueden dar lugar a que un sujeto haga frente a una acusación por DUI. Adelante le hacemos mención de algunas de las regulaciones que hoy en día se encuentran vigentes en California, las cuales están asentadas en el código vehicular: 

 

Regulaciones sobre DUI destinadas a adultos 

Regulaciones sobre DUI destinadas a menores 

Regulación N. 23152 literal a, tacha de criminal que una persona conduzca un auto estando bajo efectos generados por el consumo de alcohol. 

Regulación N.23136, tacha de criminal que una persona conduzca un auto mientras tiene un BAC que iguala o supera el 0.01%. (Aplica para menores de veintiún años) 

Regulación N. 23152 literal b, tacha de criminal que una persona conduzca un auto mientras tiene un BAC que iguala o supera el 0.08%. 

Regulación N. 23140, tacha de criminal que una persona conduzca un auto mientras tiene un BAC que iguala o supera el 0.05%. (Aplica para menores de veintiún años). 

Regulación N. 23152 literal d, tacha de criminal que una persona conduzca un vehículo de tipo comercial mientras tiene un BAC que iguala o supera el 0.04%. 

 

Regulación N. 23152 literal f, tacha de criminal que una persona conduzca un auto estando bajo efectos generados por consumo de drogas. 

 

Regulación N. 23153, abarca el DUI que genera lesiones. 

 

¿Son permanentes los registros que se desprenden de este tipo de crimen? 

Para empezar debe tener en cuenta que no es lo mismo un registro de conducir que un registro criminal de un sujeto, de acuerdo a las leyes de California los crímenes DUI deben permanecer reflejados por diez años en tal registro, mientras que un registro criminal es permanente. 

Sin embargo, en ciertas ocasiones es posible eliminar los registros penales, para lo cual debe presentar una solicitud y cumplir lo siguiente: 

  • El sujeto acusado debe haber cumplidos los parámetros impuestos para su condena.
  • El acusado no debe haber sido sancionado con encarcelamiento.
  • El acusado no debe contar con otros cargos.

Si el involucrado cumple los requisitos, es posible que un abogado calificado lo ayude a obtener la anulación de sus registros criminales. 

¿Es posible combatir cargos por DUI? 

Si, un sujeto acusado por un crimen siempre tendrá la posibilidad de luchar por demostrar su inocencia, para lo que se recomienda gozar de la representación y acompañamiento de un abogado que analice el caso, las pruebas, la acusación del fiscal y que finalmente estructure un plan de defensa que pueda llevar ante el Juez para convencerlo de que su representado no cometió el crimen DUI que se le incrimina y que por ende los cargos deben ser descartados. 

Tal como se mencionó al inicio de este artículo, que una persona resulte acusada por DUI no significa que será declarada responsable, antes de ello se debe instaurar un proceso legal con la finalidad de que tanto la fiscalía, como el acusado presenten pruebas que respalden sus respectivas posiciones, para que finalmente el Juez tome una determinación. 

A efecto de la defensa, existen muchos alegatos que un acusado puede usar, pero la elección de cuál resulta más favorable va a depender de las características específicas del caso, lo que permitirá concretar cuál se adapta mejor al mismo. 

No obstante a continuación le mencionamos algunas de las defensas más usadas: 

  • El sujeto acusado no se encontraba intoxicado.
  • El oficial de policía no siguió los procedimientos legales.
  • La conducción del sujeto acusado no estuvo afectada.

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Si usted hoy en día enfrenta cargos DUI en Pasadena, CA, esta no es una situación que debe dejar a la suerte, ni mucho menos esperar que se aclare por sí sola, puesto que si no toma acciones para defenderse es muy probable que la posición del fiscal cobre fuerza y el Juez acabe por considerar que es usted culpable y que debe pagar por sus actos criminales al ser enviado a prisión para cumplir una extensa condena de privación de libertad. En este escenario lo más razonable que puede hacer es ponerse en contacto a la brevedad posible con un abogado de la reconocida firma legal Pasadena, CA, para que le brinde sus servicios de asesoría y además se encargue de representarlo en todo el proceso penal, lo que significa que asumirá su defensa al encargarse de analizar su caso, de reunir todas las pruebas que puedan encontrarse y de finalmente armar un plan sólido que pueda ser llevado ante la corte para que el Juez finalmente determine que usted es inocente y debe ser absuelto de los cargos o al menos le imponga sanciones más condescendientes. 

Para adquirir una primera cita que no tendrá ningún costo, puede realizar una llamada al 626-689-2277, donde se le atenderá de inmediato a cualquier hora del día y se le asignará una fecha específica y hora para que asista y consulte su caso con un abogado experto, que podrá aclarar la mayor parte de sus dudas, solo es cuestión de que le explique su caso de la forma más detalladamente posible y este le indicará que puede esperar de la corte y qué acciones poner en marcha para salir bien librado, si usted está acuerdo, dicho abogado lo podrá acompañar durante todo el proceso penal y ocuparse de defender sus derechos y demostrar su inocencia siempre que sea posible. 

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