Pasadena Criminal Attorney

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Orden de Restricción Temporal

La violencia doméstica consiste en un comportamiento violento o agresivo que ocurre en una vivienda en la cual una persona es víctima de una pareja íntima o familiar. Aunque muchas personas piensan que la violencia doméstica únicamente se experimenta en el ámbito matrimonial, esto es incorrecto. Este acto también se denomina violencia de pareja romántica, abuso doméstico, violencia en el noviazgo y abuso conyugal, lo cual significa que puede ocurrir en el ámbito de las relaciones familiares y románticas.

Por lo tanto, existen casos en los cuales la violencia doméstica ocurre entre personas que tienen relaciones de consanguinidad cercanas o incluso es dirigido a individuos menores de edad o mayores que están bajo el cuidado del perpetrador. De conformidad con la ley, la violencia doméstica ocurre cuando un individuo está herido físicamente o intenta infligir dolor a alguien más, ya sea intencional o imprudentemente. Así como también, tiene lugar al agredir sexualmente a alguien cercano a usted, atemorizarlo por medio de chantaje o amenazas de hacerle daño, perturbar su paz, o destruir su propiedad personal. 

Es importante destacar que, el abuso corporal no se reduce a los golpes, ya que incluye ciertos comportamientos dañinos como intimidar, perseguir, chantajear, golpear, patear, empujar, halar el cabello, tirar objetos hacia la persona, encerrarla en un sitio, o limitar su movimiento. Incluso puede abarcar el abuso cometido contra las mascotas de la familia. 

Además, el abuso no es solo físico, ya que se puede manifestar con expresiones verbales o provocando un daño psicológico o emocional. En este sentido, su pareja no tiene que golpearlo para que el acto sea considerado un abuso físico, ya que los comportamientos violentos pueden ocurrir de distintas formas, las cuales son utilizadas por los perpetradores para dominar y ejercer poder sobre su víctima. 

Aunque la ley define claramente la violencia doméstica, es posible que se presenten cargos por este delito y se emita una orden de restricción temporal en su contra sin que el caso lo amerite. En algunas ocasiones, los cargos se producen como consecuencia de acusaciones de personas malintencionadas.

Si se ha dictado una orden de restricción temporal en su contra, debe buscar asistencia legal para combatirla. En Pasadena Criminal Attorney, nuestros competentes abogados lo aconsejarán sobre las alternativas legales disponibles en su caso.

¿Qué es una orden de restricción temporal?

Como deriva de su definición, una orden de restricción temporal emana del Tribunal y es emitida para prevenir que el agresor contacte a la supuesta víctima, quien se considera la parte protegida en un caso de violencia. Incluso si esta ha realizado graves acusaciones de abuso físico u hostigamiento, la orden únicamente se emite por un periodo de 20 a 25 días, con la finalidad de evitar que continúe la situación de violencia doméstica. 

Esta se mantiene en vigor hasta que se realice una audiencia completa sobre el asunto. Durante la audiencia, el juez determinará si realmente existe la necesidad de dictar una orden de restricción permanente en base a las evidencias presentadas. Luego, ordenará el cese o continuidad de la orden. Si el juez está convencido de la ocurrencia del abuso y la agresión y la situación se mantiene, puede emitir una orden de restricción permanente, la cual tiene una duración de entre 3 y 5 años.

El juez emite una orden de restricción temporal si existe evidencia convincente contra el acusado, quien se denomina parte restringida, y en base a las circunstancias del caso. En este sentido, el juez puede dictar una orden temporal en las siguientes situaciones:

  1. Hostigamiento civil. Las órdenes de restricción de hostigamiento civil son emitidas con la finalidad de proteger a alguien de acoso, asalto, agresión, o cualquier otro tipo de actividad que pueda ser considerada hostigamiento. En este caso, la Fiscalía debe demostrar que la amenaza realizada a la parte protegida es real y que el acusado tenía la intención de molestarlo, hacerle daño, o atemorizarlo.
  2. Emergencias. La policía solicita órdenes de protección de emergencia en representación de la víctima de violencia doméstica si considera que esta se encuentra ante un peligro inmediato o actual de sufrir un daño.

El juez emitirá una orden de protección de violencia doméstica, si se demuestra que la parte protegida se encuentra en riesgo de sufrir un daño por parte de una pareja íntima o familiar. Una vez que se emite la TRO en su contra, el acusado tiene dos opciones:

  1. Cumplir con todos los términos de la misma y buscar representación legal. 
  2. Como parte de los requisitos de la orden, deberá abstenerse de contactar a la parte protegida, ya sea físicamente o por un medio electrónico. 

Cabe destacar que, quebrantar la orden se considera un delito y el juez le impondrá las sanciones correspondientes si incurre en una violación de la misma. 

Por otra parte, el abogado lo ayudará significativamente a combatir la orden de restricción temporal presentando una contestación a la misma, mediante la cual revelará su versión de los hechos con la finalidad de demostrar que usted no representa un riesgo para la parte protegida. Luego, el juez decidirá si debe levantar la orden o convertirla en una orden de restricción permanente. 

¿Cuáles son los efectos de una orden de restricción temporal?

Una vez que el juez emite una orden de restricción temporal, usted debe obedecer los términos de la misma. Algunos de estos pueden incluir los siguientes:

  1. Prohibición de comunicarse con la víctima, sus hijos, y otros parientes cercanos. 
  2. Prohibición de acercarse a la vivienda, trabajo, o escuelas de los hijos. 
  3. Mantenerse alejado de su vivienda si usted estaba viviendo con la víctima. 
  4. Prohibición de poseer un arma. 
  5. Obedecer las órdenes de protección infantil y visitas.  
  6. Atenerse a las pautas de manutención infantil. 
  7. Apoyar a su cónyuge o pareja económicamente.
  8. Mantenerse lejos de las mascotas de la casa. 
  9. Cumplir con el pago de facturas específicas.
  10. Abstenerse de modificar las pólizas de seguros.
  11. Devolver ciertos bienes.
  12. No interferir con la propiedad de la familia al incurrir en gastos adicionales o realizar actos que puedan afectar el valor o propiedad del bien. 

Una vez que reciba la orden, ésta es registrada en el sistema informático estatal, el cual permite a todos los policías de Estados Unidos acceder a los registros delictivos rápidamente. Es por esto que, si usted sale de la ciudad de Pasadena, los policías de cualquier otra ciudad, sabrán de la orden de restricción temporal.

¿Qué no puede hacer una orden de restricción temporal? 

Aunque las órdenes de restricción temporal son dictadas en los casos de violencia doméstica, estas no pueden hacer lo siguiente:

  1. Culminar un matrimonio existente. Las órdenes de esta naturaleza no inician los procedimientos de divorcio. Sin embargo, pueden ser presentadas como evidencia en el curso de un procedimiento de esta índole.
  2. Establecer la custodia de los menores. Una orden de restricción temporal no puede ser utilizada para iniciar una disputa por la custodia de los hijos en común con su pareja. Sin embargo, puede ser presentada como evidencia en su contra durante el procedimiento correspondiente.

¿En qué consiste el proceso de la emisión de una orden de restricción?

Una víctima puede solicitar una TRO en su contra si cree que usted está abusando, hostigando, o amenazando su seguridad. Sin embargo, debe demostrar al juez la razón por la cual necesita la orden de restricción temporal. 

El juez decidirá si debe conceder la orden o no en base a las circunstancias del caso y las evidencias presentadas. Además, debe realizarse una audiencia para discutir el asunto. Cabe destacar que, si la TRO vence antes de la celebración de dicha audiencia, será emitida nuevamente y se programará una nueva fecha para la audiencia. 

El proceso de solicitación de las TRO consta de los siguientes actos: 

  1. La persona abusada busca los formularios correspondientes en el tribunal y pide una orden de prohibición de violencia doméstica sin cargo. 
  2. El juez decide si debe dictar la orden el mismo día o al día hábil siguiente. La mayoría de las veces, el juez toma la decisión lo antes posible. 

Si el juez concedió la orden solicitada, primero emite una orden de restricción temporal que se mantendrá vigente hasta que se realice la audiencia sobre el caso. Esta orden temporal aborda los siguientes aspectos: 

  • Le prohíbe al agresor acercarse a la familia y tener comunicación con las personas protegidas, sus familiares e incluso mascotas. 
  • Estado de custodia de los hijos. 
  • La utilización de la propiedad familiar. Por ejemplo, el vehículo familiar. 
  • Quién tiene derecho a la vivienda familiar. 

Cabe destacar que, la víctima que solicita la protección judicial debe entregar las copias de los documentos de la orden al acusado en persona antes de la fecha de la audiencia programada, lo cual puede hacerlo a través de un intermediario. El individuo restringido también tiene que contar su versión de los hechos al presentar una contestación de la orden. 

Además, la parte protegida debe presentar la prueba de la notificación. Por lo que debe entregar copias de los formularios a la persona restringida y presentar ante el tribunal la prueba de entrega. De esta forma, el juez sabrá que la persona ha sido notificada correctamente de la audiencia. En este sentido, la víctima hará lo siguiente: 

  • Hacer copias de la prueba de entrega, luego presentarla ante el secretario del tribunal antes de la celebración de la audiencia. Cabe destacar que, debe proporcionar al menos una copia sellada al Tribunal para la audiencia de la orden permanente. 
  • Demostrar más allá de la duda razonable, que la persona restringida fue notificada de la fecha de la audiencia judicial y tuvo tiempo suficiente para prepararse para la misma. Si no cumple con esto, la persona protegida no tendrá la oportunidad de obtener una orden de restricción permanente en su contra. 

Si la TRO nunca fue entregada a la persona restringida, esta puede solicitar al juez que vuelva a emitir la orden de restricción temporal antes de que el asunto sea evaluado en la fecha determinada por el Tribunal. 

En la etapa de la audiencia, usted debe tener a un abogado que presentará todos los documentos relevantes, testigos, y otra información fundamental para su defensa. Esto puede incluir lo siguiente: 

  • Si conoce personas que presenciaron el supuesto hostigamiento o abuso, es fundamental que les pida que testifiquen en su nombre. 
  • La víctima puede presentar correos electrónicos y mensajes durante la audiencia en el tribunal. Además, tendrá la oportunidad de defenderse contra las acusaciones, la cual será utilizada por su abogado para contar su versión de lo ocurrido. 
  • El juez también permitirá que se presenten fotografías de los daños a su propiedad. Así como también, informes médicos y policiales como evidencias en contra del agresor. Sin embargo, si usted es la parte restringida, debe tener en cuenta que un abogado está capacitado para combatir las evidencias presentadas. 
  • Tanto el denunciante como la parte restringida quedan obligados a asistir a la audiencia judicial en la fecha establecida. Si la parte protegida no comparece ante el tribunal, entonces la orden de restricción temporal será desestimada inmediatamente. 

Por su parte, la inasistencia del agresor o su omisión de contestar la TRO cuando se requiera, será utilizado en su contra. Por lo que es importante que trabaje conjuntamente con su abogado para hacer todo lo necesario para lograr el mejor resultado posible. Cuando comience la audiencia, el juez decidirá con respecto a mantener la orden de restricción temporal o revocarla. Si opta por su permanencia, la orden se convertirá en una orden de restricción permanente, cuya vigencia es de un periodo de tres a cinco años.

¿En qué consiste la violación de la orden de restricción? 

Cuando un individuo quebrantar una orden de restricción, los jueces imponen sanciones conforme al artículo 27 3.6 del Código Penal. En este caso, la carga de la prueba recae en la Fiscalía, la cual tendrá que presentar evidencias para demostrar los siguientes elementos: 

  1. El juez emitió la orden de restricción.
  2. Usted tenía conocimiento de la orden y era plenamente capaz de obedecerla. 
  3. Usted transgredió la orden deliberadamente.

Una primera violación de la orden es castigado como un delito menor, el cual acarrea una pena de cárcel no mayor a un año, además de una posible multa máxima de 1.000 $. 

Sin embargo, transgredir una orden por segunda vez o una violación que implica violencia entraña cargos de felonía. A los condenados, se les impone una pena máxima de 3 años de prisión y una multa máxima de 10.000 $.

Es importante destacar que, los cargos por la violación de una orden de restricción únicamente pueden ser presentados contra la parte restringida. En el supuesto de que la víctima de la orden inicie el contacto con la parte restringida, no se considerará que ha incurrido en una violación de la misma. Si la víctima es quien lo contacta o se acerca a usted, esto lo beneficia ya que puede alegar que no representa un riesgo para la misma, y el juez se verá obligado a levantar la orden de restricción.

¿Cómo puede defenderse si es acusado de quebrantar la orden? 

La violación de una orden de restricción temporal puede parecer inofensiva el principio. Pero si es declarado culpable, las sanciones son muy graves, por lo que su abogado defensor puede utilizar las siguientes defensas para combatir las acusaciones:

  1. Inexistencia de la intención. Es posible que haya incurrido en una violación de la orden accidentalmente y no de forma deliberada. Esto ocurre si se encontró a la víctima en un centro comercial y no tenía forma de saber que estaría allí. También es posible que usted haya transitado por la calle donde vive la parte protegida mientras iba en camino a la casa de un amigo. 

La víctima puede utilizar algunos de estos encuentros para acusarlo o alegar que usted lo estaba acechando. No obstante, su abogado le ayudará a demostrar al tribunal que dichas violaciones fueron accidentales y no deliberadas. 

  1. Desconocimiento de la orden. La Fiscalía debe demostrar que usted sabía de la existencia de la orden de restricción por encima de la duda razonable. De lo contrario, su abogado argumentará que usted no tenía conocimiento de la misma como parte de su defensa.
  2. Existencia de una orden legal. Algunas órdenes de restricción no tienen fundamento legal y la mejor oportunidad para impugnar su validez, es en una audiencia de violación de la orden, en la cual su abogado alegará que fue emitida de manera incorrecta o carece de fundamento legal. Esto será suficiente para que los cargos por la violación sean desestimados. 
  3. Acusaciones falsas. En algunos casos, las partes protegidas realizan falsas acusaciones contra las personas restringidas. Los celos, el rencor y la venganza son algunos motivos por los cuales se presentan tales acusaciones y su abogado puede demostrar que esto ocurrió en su caso.

¿Cuáles delitos están relacionados con la violación de una orden de restricción? 

La Fiscalía puede presentar cargos adicionales a la violación de la orden de restricción. Dependiendo de las circunstancias de su caso, estos incluyen los siguiente:

  • Desacato al tribunal. Artículo 166 del Código Penal. Puede ser acusado de violar el artículo 166 del Código Penal si realiza un comportamiento considerado irrespetuoso durante el procedimiento judicial, desobedece órdenes judiciales, presenta declaraciones falsas, o es agresivo durante una audiencia. Estos actos se consideran delitos menores que acarrean una pena de seis meses de cárcel o una multa no mayor a 1.000 $. 

Si en los siguientes 6 años vuelve a incurrir en una violación de una orden de restricción y existió un riesgo creíble de violencia, o la orden está relacionada con violencia doméstica, abuso de un menor, o abuso de una persona mayor, la fiscalía puede presentar cargos de felonía. Si es condenado, será sentenciado a una pena de prisión de 16 meses, 2, o 3 años. 

  • Vandalismo. Destruir un bien ajeno maliciosamente es considerado vandalismo. De conformidad con el artículo 594 PC, esta definición incluye el daño a los bienes de su cónyuge o una persona mayor durante una situación de violencia doméstica. Este es un delito grave en el estado de California cuyas sanciones varían en función del valor de los daños causados. Si puso a la víctima en peligro de sufrir un daño o tiene antecedentes penales, puede ser condenado por delito menor y ser obligado a pagar un mínimo de 400 $, además de cumplir un año de cárcel. Por su parte, los condenados por una felonía, pueden ser obligados a pagar una multa máxima de 10. 000 $ y cumplir una pena de 1 a 3 años de cárcel.
  • Amenazas criminales. Artículo 422 PC. Las órdenes de restricción provocan reacciones emocionales y en el calor del momento, las partes restringidas suelen emitir amenazas. Si esto ocurre, la Fiscalía puede presentar estos cargos, debiendo demostrar los siguientes requisitos para que el acusado sea condenado. 
  1. La amenaza fue comunicada de manera verbal, escrita, o electrónica. 
  2. La víctima se sintió amenazada razonablemente y temió por su seguridad y la de su familia. 
  3. La amenaza era específica. Por ejemplo, si el perpetrador amenazó con matarlo o causarle una lesión corporal de manera verbal, escrita o por correo electrónico.

Las amenazas criminales son wobblers. Por su parte, los condenados por delitos menores deben pagar una multa máxima de 1.000 $ y cumplir una pena de un año de cárcel. Mientras que los condenados por felonía, son obligados a pagar una multa máxima de 10.000 $ y cumplir con una pena de tres años de prisión, la cual puede ser incrementada si tiene antecedentes penales, sí reiteró la misma amenaza en las 24 horas después, o tenía un arma peligrosa en su posesión cuando cometió el delito. 

  • Violencia doméstica. La violencia doméstica es procesada conforme a las siguientes disposiciones legales:
  1. Agresión doméstica. Artículo 243 (E) (1) del Código Penal. 
  2. Lesión corporal a un cónyuge. Artículo 273.5 del Código Penal.

Ambos delitos entrañan consecuencias severas. Por su parte, la agresión doméstica como delito menor es castigada con un máximo de un año de cárcel, o una multa no mayor a 2.000 $. Mientras que, la lesión corporal a un cónyuge es un wobbler. Una condena por delito menor, acarrea una pena máxima de un año de cárcel y posiblemente una multa máxima de 6.000 $. En cambio, los condenados por felonía son sentenciados a una pena de prisión de dos, tres, o cuatro años, además de una multa no mayor a 6.000 $. 

¿Cómo encontrar abogados cerca de mí?

La emisión de una orden de restricción en su contra o la violación de la misma puede entrañar las graves consecuencias que hemos explicado en este artículo. Por esta razón, debe contactar a un abogado calificado inmediatamente. Nuestro equipo de defensa tiene una experiencia extensa en el manejo de estos casos, de manera que desarrollaremos la mejor estrategia defensiva y haremos todo lo posible para ayudarlo a evitar que resulte perjudicado por esta situación.

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