Pasadena Criminal Attorney

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Órdenes de Restricción

Los casos en los que una persona se encuentra en riesgo de recibir una orden de protección deben ser tomados con bastante seriedad, esto debido a las repercusiones que una medida como esta puede tener en la vida de la persona.

Si usted se encuentra atravesando una situación legal en la que posiblemente le será impuesta una orden de protección o esto ya ocurrió es necesario que busque la ayuda de un abogado que tenga la capacidad para trabajar en un caso como el suyo, puesto que es posible que la imposición de esta medida sea evitada, y con ello las repercusiones que esto conlleva para la persona condenada. Si se encuentra en Pasadena, CA, y requiere de apoyo legal, puede comunicarse con nuestro bufete Pasadena Criminal Attorney, donde podrá contratar a uno de nuestros mejores abogados para que se encargue de trabajar en su situación legal.

¿De qué manera es definida una orden de restricción?

Las órdenes de este tipo son medidas de protección empleadas con la finalidad de impedir situaciones en las que hay abusos, acosos, amenazas o acechos caracterizadas por violencia en relación con otro sujeto. En esta manera de protección se involucran dos partes, el sujeto que figura como protegido, y la otra, que corresponde al individuo que provoca la molestia o el acoso contra la víctima.

Según lo mencionado anteriormente, es necesario que la persona acusada sea informada sobre lo que una imposición de orden de esta clase representa, puesto que son muchas las consecuencias que surgen a raíz de ello. Las cuales pueden ser las mencionadas a continuación:

  • El estatus migratorio de la persona acusada puede verse afectado.
  • Es posible que la persona acusada no tenga la posibilidad de ver de manera frecuente a sus hijos, o puede que tenga permitido hacerlo, mientras esté bajo supervisión.
  • Es probable que la persona sea obligada a formar parte de algún grupo de control de la ira o relacionado.
  • La persona no podrá adquirir o emplear armas de fuego.
  • La persona tendrá prohibido presentarse en ciertos lugares que visitará de manera frecuente.
  • Es posible que a la persona se le exija mudarse de vivienda.

Es necesario que tenga presente que, cada una de las condiciones nombradas deben imponerse por la autoridad judicial encargada del caso, además existe la posibilidad de que, durante la audiencia sean impuestas otras condiciones, las cuales tienen que ser cumplidas de manera adecuada, ya que de lo contrario la personas estaría cometiendo un delito, lo que conlleva a un castigo razonable.

 ¿Por cuáles motivos es dictada alguna orden de esta clase?

Para que alguna orden de este tipo sea emitida tiene que haber ciertas razones para que un individuo considerado como víctima solicite esta medida de protección sancionatoria, cuyo fin es brindar resguardo y seguridad a un sujeto que es víctima de delitos como el acoso. Este tipo de medida también es impuesta por autoridades competentes si esto es necesario, sin necesidad que la víctima la solicite. Las razones que propician que una orden este tipo sea emitido, pueden ser las que mencionan a continuación:

  • Abusar de adultos dependientes o ancianos: Esta clase de órdenes son impuestas cuando la persona que es abusada, cuenta con una edad de 64 años o más, y es probado que la persona perjudicada fue violentada a través de lesiones corporales, o que sencillamente emitirán los cuidados más simples de los que una personas mayor o dependiente necesita recibir de otra persona, o que se pruebe que la personas sufriera algún tipo de negligencia, entre otros motivos.
  • Violencia dentro del lugar de trabajo: La orden es emitida únicamente cuando la personas que le proporcionó el empleo, es decir, el empleador realiza la solicitud de la misma, con el propósito de resguardar a los demás empleados de una situación de amenaza creíble, peligro o abuso dentro del lugar de trabajo.
  • Acoso: Cuando se trata de esto, la orden es impuesta cuando entre las dos partes (la persona protegida y la persona restringida), no hay vínculo alguno entre ellos, tal como es el caso de alguna oficina donde las dos personas laboran y comparten el mismo tipo de oficio. Este es un tipo de penalización se impone cuando existe una situación que involucra amenazas violentas, acoso o abuso, etc.
  • Incurrir en violencia doméstica: Esta clase de orden es emitida cuando hay un vínculo amoroso entre las partes (víctima y victimario) o en alguna oportunidad existió una relación de pare o conyugal en el pasado, o cuando se trata de personas que son cercanas en un entorno familiar.

Es necesario que tenga en cuenta que las órdenes de restricción son emitidas no solo cuando se ha efectuado algún tipo de abuso corporal sobre la persona perjudicada, sino cuando la situación estuvo sujeta a abuso emocional, o incluso a una situación de carácter psicológico. Además de ello, el maltrato podría ser llevado a cabo en espacios diferentes y con individuos con características diversas tal como se señaló anteriormente, puede enfocarse en alguna expareja, o producirse en un lugar de trabajo o contra un individuo desconocido o un anciano, así como otros aspectos.  

De igual forma, es necesario destacar que una persona que porta un arma considerada de fuego, no podrá continuar empleado la misma, puesto que esta es una consecuencia directa de haber le sea impuesta alguna orden de este tipo. También, como ya se indicó anteriormente, es posible que sea posible obligar a la persona a cambiar de residencia, ya que cuenta con asesoría en cuando su conducta y comportamiento violento hacia otros sujetos. Por este motivo, es importante que una persona razonable con un juicio adecuado, piense antes de incurrir en actos o conductas delictivas que puedan llevarlo a que alguna orden de esta clase se impuesta en contra de él, puesto las consecuencias legales a las que deberá enfrentarse por contar con una orden de esta clase son muy diversas. 

¿Cómo se clasifican estas órdenes?

En California se han establecido tres niveles para distinguir una orden de esta clase de otra. Estos niveles se describen a continuación, junto con sus principales características y cómo son definidos cada uno por separado. La categorización de estas órdenes en este contexto es:

  • “PRO” las siglas en inglés para: Orden de Restricción Permanente.
  • “EPO” las siglas en inglés para: Orden de Protección de Emergencia.
  • “TRO” las siglas en inglés para: Orden de Restricción Temporal.

Estos 3 niveles se destinan al individuo que tiene impuesta una de esas órdenes de protección dependiendo de la naturaleza del ilícito, así como la premura con la cual deben actuar las autoridades. Seguidamente, se explicarán ciertos detalles de estos:

La PRO

Esta medida, denominada “orden de restricción temporal”, es impuesta por un juez durante una audiencia celebrada en el tribunal penal. Para este tipo de orden de protección podrá especificarse un período de validez máximo de cinco años. Sin embargo, no hay una fecha establecida para poner fin a esta orden de restricción. En consecuencia, comenzará una cuenta regresiva de tres años después de que se libere esta medida de protección. Esta cuenta regresiva normalmente no se realiza de esta manera, pero es una opción. Es posible que esta orden de restricción durará los tres años completos que se discuten. Esta medida de restricción puede incluir, entre otras cosas, la necesidad de que el imputado se mantenga alejado de la víctima y se le prohíbe portar un arma de fuego.

Debido a que basta con que la parte protegida sienta hostilidad cuando se acerca el momento del cumplimiento de esa orden, es posible que el tiempo de la PRO se extienda sin que la víctima tenga que probar que fue víctima de algún abuso adicional. Este es un punto importante con respecto a la emisión de un PRO. En consecuencia, un Juez decidirá si es o no necesaria la prórroga de la vigencia de la medida de protección. Si así fuere, la Corte podrá conceder cinco años adicionales de vigencia a la orden de que se trate.

La EPO

Esta medida sancionatoria se impone cuando una autoridad judicial determina que la presunta víctima se encuentra en peligro inmediato; por este motivo, se conocen como " órdenes de protección de emergencia ". Como resultado, es crucial implementar medidas de protección inmediatas para cualquier persona que actualmente sea el objetivo de comportamiento violento, ya sea en la vivienda o en otros lugares. También es importante evitar que este comportamiento delictivo se repita rápidamente.

Para ello, cada vez que un policía reciba una denuncia por alguno de estos delitos en cualquier momento del día, deberá comunicar la llamada a una autoridad judicial para que dicte una orden de emergencia y salve a la víctima. Es importante señalar que los jueces trabajan las 24 horas del día, por lo que siempre se encuentran disponibles para decidir sobre este tipo de delitos.

Aparte de eso, de acuerdo con la ley, una orden de este tipo puede durar un máximo de 5 días naturales (o, si se excluye el fin de semana, siete días naturales y días festivos), que es también el tiempo permitido por la ley. En otras palabras, su validez varía a un ritmo que es aproximadamente igual a 1 semana.

La TRO

Si la víctima se encuentra en peligro de ser agredida violentamente de nuevo y no exista pronunciamiento oficial del tribunal sobre el imputado, el juez dictará una orden de protección temporal. En consecuencia, es fundamental que el individuo protegido continúe siendo protegido por esta medida. Por lo general, se lleva a cabo o se solicita una TRO si una orden de emergencia, que anteriormente se especificó que tenía solo ciertos días de permanencia, está a punto de vencer.

Por el contrario, una TRO dura de 20 - 25 días en promedio, lo que es más o menos similar a tres semanas. En consecuencia, una vez transcurrido ese plazo, el imputado deberá comparecer ante el tribunal penal para determinar, mediante audiencia, si el sujeto será objeto de alguna orden de este tipo de manera permanente o si por decisión de las autoridades se aplicarán otras medidas para la seguridad. En circunstancias como estas, es posible que exista una orden de abandonar su hogar para evitar cualquier interacción con la parte protegida, si ese fuera el caso.

¿Qué conlleva estar bajo una orden de este tipo?

Si una persona tiene en su contra una orden de esta clase, es necesario que esté al tanto sobre los aspectos con los cuales deberá lidiar a raíz de ello, puesto que son diversos los escenarios que pueden presentarse cuando una persona es dictaminada con una orden de este tipo en su contra.

Es por ello, que cuando las órdenes de protección se refieren a aspectos puntuales, es necesario que las personas limitadas realicen lo siguiente, si se trata de alguna orden en cuanto:

  • Cambio de residencia: En las órdenes de esta clase, la persona acusada tiene que cambiar su domicilio si vive junto al individuo que es protegida por la orden. Estas son emitidas cuando los casos involucran abuso o maltrato contra una persona mayor o violencia intrafamiliar (violencia doméstica).
  • Alejamiento: La persona acusada tiene que mantenerse a una determinada distancia con respecto a la víctima, hijos, vivienda en la que habita el sujeto protegido, lugar de trabajo u otros sitios que frecuentan usualmente. Usualmente, la distancia a mantener por la persona procesada en cuanto a la víctima corresponde alrededor de 100 yardas.
  • Conducta personal: La persona acusada tiene que evitar llevar a cabo acciones tales como correos electrónicos, mensajes por medio de redes sociales, enviar notas, llamadas o contactar a la persona protegida. De igual manera, el sujeto procesado tiene que evitar completamente ejecutar acciones como destruir bienes, atacar, amenazar, agredir sexualmente o acechar a la persona que es protegida por la orden.

Es necesario resaltar que, si la autoridad judicial cuenta con otras condiciones relacionadas con ello, las cuales tiene que ser cumplidas tal como fueron indicadas sin ningún tipo de objeción por parte del individuo condenado, puesto que incumplir con las medidas, implica que se le impongan sanciones considerables y severas por las cuales puede terminar en prisión siempre que un Tribunal lo dictamine de esa forma.

¿Cómo se sanciona la desobediencia a una orden como esta?

Un individuo sujeto a una orden como está dictada en contra de él está incurriendo en una actividad ilícita cuando incumple las condiciones establecidas por una autoridad judicial en un tribunal penal y, en consecuencia, puede ser sancionada como si hubiera cometido cualquier otro ilícito. El acusador en este caso necesitará demostrar los siguientes factores sobre la orden, entre ellos están:

  • Que sea legítima la orden de protección.
  • Los acusados ​​sabían de la orden que la orden había sido impuesta en su contra, según la acusación
  • Que el sujeto acusado tiene la capacidad de seguir las reglas establecidas en ese orden.
  • La conducta intencional de provocar condiciones violentas.

De igual manera, si la fiscalía logra probar que el imputado no completó estos requisitos, podrá solicitar en una audiencia las sanciones correspondientes. Estos castigos dependerán de si el acusado es un reincidente que violó una orden como esta o si el comportamiento delictivo del delincuente está vinculado con situaciones violentas.

Entonces, si se confirma una de las dos hipótesis, este comportamiento se clasifica como "wobbler", que puede ser tratado como un delito más grave o menos grave según la evaluación del Fiscal. Dicho de otro modo, cuando la actuación de la víctima corresponde a alguna condena por violar su orden de protección por segunda vez, o si en esa situación se realizaron actos violentos que resultaron en daño físico a la parte protegida, es responsabilidad de la parte del acusador para determinar cómo se manejará el acto ilícito.

Podrán aplicarse las siguientes sanciones si la fiscalía determina que se ha producido un acto de conducta delictiva menos grave:

  • Confinamiento máximo por un período de tiempo en alguna cárcel perteneciente al condado.
  • Pago de multa de hasta 1,000 dólares como máximo.

Sanciones ampliadas

Actualmente, si el hecho se determina como un ilícito mayor, se pueden aplicar las siguientes sanciones:

  • Prisión por 3 años como máximo en una prisión del Estado.
  • Pago de una multa de hasta 10,000 dólares como máximo.
  • Sanciones ampliadas.

Para las penas, es fundamental que el autor del delito esté consciente de que la autoridad judicial a cargo del caso puede exigir al condenado que pague una determinada cantidad de indemnización a la víctima, lo que quiere decir que, todos los costos asociados al incumplimiento de su orden. Adicionalmente, es posible que la autoridad judicial ordene el pagar un espacio con el fin de que este se emplee como lugar de refugio para que lo ocupe la víctima, u otras sanciones.

¿Cómo se solicita una orden de protección?

Una persona debe inicialmente comparecer personalmente ante un tribunal penal cuando cree que está bajo amenaza, está siendo atacada o está siendo acosada. Ingrese la información necesaria para obtener acceso a una orden de restricción. Adicionalmente, es posible que sea su representante legal quien realice todos los trámites necesarios para solicitar esta medida de protección si esa es la situación que se presenta.

En este procedimiento se requiere que la víctima proporcione una descripción de la situación en la que estuvo expuesta, junto con las razones por las que cree que está en peligro, peligro o riesgo. Posteriormente, el interesado deberá cancelar los atrasos relacionados con la solicitud de la orden de restricción. Para proceder a imponer una TRO, si el caso realmente lo amerita, el juez verifica la información en este punto.

Es importante señalar que la parte lesionada, en este caso la víctima, no está obligada a presentarse ante el tribunal para solicitar una orden de restricción temporal porque tiene la opción de que su abogado se encargue de todos los procedimientos legales necesarios. Esta decisión en función de la rapidez con que actúe la parte que actúa en su nombre con respecto al caso, lo que frecuentemente requiere una respuesta rápida por las posibles consecuencias.

Luego se llevará a cabo la audiencia correspondiente, durante la cual las partes involucradas (la víctima y el victimario) presentarán pruebas ante el juez. El juez decidirá si dicta o rechaza la orden de protección temporal, que tiene una duración máxima de cinco años como previamente demostrado, quedando el protegido sujeto a las condiciones allí establecidas.

En conclusión, es fundamental trabajar siempre con el mejor asesor legal y comportarse de manera apropiada y dentro de la ley siempre que uno sea víctima de coerción o abuso repetidos. También es importante tener en cuenta que la mejor manera de garantizar que un delito es sancionado en lugar de quedar impune es denunciarlo y emprender acciones legales para hacerlo.

¿Dónde encontrar un abogado con la capacidad para lidiar con una situación de este tipo en Pasadena, CA?

Dado que es ilegal alojar a alguien, independientemente de la motivación de la víctima, esta situación podría tener graves repercusiones legales cuando una persona es intimidada o agredida por un tercero. La víctima tiene la opción de solicitar una medida de protección respecto de la persona que realizó la acción a fin de evitar que la situación se repita, y para ello debe realizar dicha solicitud ante las autoridades correspondientes.

Para las personas que son amenazadas o violadas y no pueden neutralizar rápidamente al agresor, las órdenes de alejamiento, también conocidas como órdenes de protección, sirven como salida legal. Debido a que este comportamiento de hostilidad está tipificado como delito en California, una persona que persiste en cometer el mismo acto repetidamente puede ser obligada a cumplir con una restricción dirigida a la víctima, que puede ser ordenada de inmediato por un juez en el Tribunal.

Si usted se encuentra atravesando una situación legal en la que posiblemente le será impuesta una orden de protección o esto ya ocurrió es necesario que busque la ayuda de un abogado que tenga la capacidad para trabajar en un caso como el suyo, puesto que es posible que la imposición de esta medida sea evitada, y con ello las repercusiones que esto conlleva para la persona condenada. Si se encuentra en Pasadena, CA, y requiere de apoyo legal, puede comunicarse con nuestro bufete Pasadena Criminal Attorney, donde podrá contratar a uno de nuestros mejores abogados para que se encargue de trabajar en su situación legal.

Para comunicarse con nuestras oficinas realice una llamada al 626-689-2277, y le atenderemos en el menor tiempo posible.

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